Modificación en la tributación del impuesto sobre sucesiones
Durante el mes de mayo del presente año 2020, el Tribunal Supremo decidió cambiar algunas de sus ordenanzas con respecto a los criterios tomados en cuento para determinar los impuestos relacionados al mobiliario doméstico, los cuales son requeridos para llevar a cabo numerosos procesos y trámites del impuesto sobre la sucesión.
Hasta el momento, cada persona debe calcular el porcentaje respectivo según su mobiliario doméstico para poder cancelar el impuesto sobre sucesión, anteriormente se debía calcular el 3% del valor total de los bienes devenidos por herencia, a menos de que las personas consideraran que el importe excedía su capacidad y lograran demostrar el valor real de dicho factor.
No obstante el pasado mes de mayo el Tribunal Supremo decidió fijar este factor como un criterio interpretativo, por lo que el porcentaje anteriormente mencionado no debe ser determinado según el total de los bienes heredados por la persona, sino que debe ser calculado según las herencias que cuenten con los parámetros establecidos por el Tribunal Supremo.
Por este motivo al momento de determinar el ajuar doméstico no se aplica ningún porcentaje sobre los importes relacionados a dinero, título, activos inmobiliarios e incluso sociedades mercantiles, así como cualquier otro bien o propiedad que no se considere de uso personal o particular, sin que la personas tenga que demostrarlo.
La nueva legislación dictaminada por el Tribunal Supremo les da la posibilidad a las personas de solicitar la devolución los importes cancelados relacionados a los parámetros anteriormente mencionados tomando en cuenta el cálculo especificado en la legislación vigente.